* Se aprueba la creación de la nueva Ley de Derechos
Lingüísticos
para el Estado de Hidalgo
*Se aprueban reformas a
la Ley de Derechos y Cultura indígena
para el Estado de Hidalgo con la inclusión del Catálogo
de Pueblos y Comunidades indígenas
En
sesión ordinaria se aprobó la creación de la nueva Ley de Derechos Lingüísticos
para el Estado de Hidalgo así como reformas a la Ley de Derechos y Cultura
Indígena; estas aprobaciones representan un avance para los pueblos y
comunidades indígenas del Estado en el reconocimiento y vigilancia de sus
derechos individuales y colectivos.
Esta
Ley tiene por objeto fomentar las relaciones
de comunicación con pertinencia cultural y lingüística entre el
Estado y los pueblos y comunidades indígenas, además de garantizar su
derecho a transmitir y enriquecer
su lengua, conocimiento, e instituciones propias que constituyan su cultura e identidad lingüística,
basadas en los principios de la no
discriminación.
El
Diputado Prisco Manuel Gutiérrez quien dio lectura a los dictámenes enunció que
“La Ley de Derechos Lingüísticos para el Estado de Hidalgo representa el instrumento
legal para la protección de los derechos lingüísticos de los pueblos y
comunidades indígenas; adjudica el carácter nacional a las lenguas originarias
y les da la misma validez que el español, en todos los ámbitos de la vida
social y pública”.
Asimismo
se aprobó el dictamen que contiene la iniciativa de decreto que reforma y
adiciona diversas disposiciones a la Ley de Derechos y Cultura Indígena, en la
cual se reconoce el “Catálogo de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de
Hidalgo” y junto con ello la posibilidad de garantizar que gocen
de una gama más completa de programas de desarrollo e infraestructura
comunitaria y de asistencia social.
Además con esta reforma los Pueblos y Comunidades
Indígenas deberán ser consultados en las medidas legislativas o administrativas
que sean susceptibles de afectarles directa o indirectamente sus derechos
individuales o colectivos, con la finalidad de lograr su consentimiento libre,
previo e informado de acuerdo a la medida propuesta.
Por otra
parte las instancias del Gobierno Federal podrán atender a los Pueblos y
Comunidades contenidos en el Catálogo, facilitando las reglas de operación de
los programas sociales dirigidos a la población indígena ante el mandato de esta
Ley.
Cabe
mencionar que el Estado y los
Municipios, crearán la instancia para
la atención y el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades
indígenas según corresponda, que será el vínculo para la gestión y seguimiento
de los programas.
A
la lectura del Dictamen acudieron los Presidentes Municipales de Ixmiquilpan,
Tenango de Doria, Cardonal y Chilcuautla; así como representantes y grupos de
danzas de los municipios de Acaxochitlán, Huautla, Tecozautla, Xochiatipan,
Tepejí del Río, Huejutla y Zimapán. Además estuvieron presentes los
investigadores de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, quienes
realizaron el levantamiento de cédulas en los 31 municipios contenidos en el
Catálogo.
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